Equipamiento
de Unidades de Investigación en Canarias
Plazo cerrado.
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las bases de las convocatorias anteriores.
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Convocatoria 4/2005.
No hubo convocatoria en el año 2005.
Convocatoria 4/2004.
Objetivo
La Fundación Canaria de Investigación y Salud (FUNCIS) es una Fundación que tiene entre sus objetivos contribuir a la consolidación de las Unidades de Investigación en los Hospitales de la Red de Utilidad Pública, dotándolas de medios que incrementen su infraestructura para el desarrollo y mejora de la calidad de las actividades de investigación que se desarrollan en el hospital.
Para ello, FUNCIS va a destinar en el ejercicio 2004, financiación específica para esta finalidad, mejorando la dotación de Material Inventariable de las Unidades de Investigación, de forma que permita una mejor gestión y eficiencia de los recursos destinados a los Proyectos de Investigación.
Bases
Primera .- Ámbito de aplicación
Esta convocatoria está destinada a contribuir a la mejora de la infraestructura de las Unidades de Investigación de los Hospitales de la Red Pública Canaria.
Segunda .- Solicitudes
2.1.- Podrán presentar solicitudes de material inventariable los Hospitales Públicos de Canarias que cuenten con Unidades de Investigación y que tengan proyectos de investigación financiados por Agencias Institucionales, Nacionales o Internacionales.
2.2.- La solicitud será conjunta entre el Jefe de la Unidad de Investigación y el Gerente o Director del Centro, siendo ambos responsables de la solicitud de Material Inventariable y del control, utilización, conservación y mantenimiento del mismo, poniéndolo a disposición de la Fundación cuando así sea requerido.
2.3.- El Material solicitado debe ser destinado a su utilización en actividades de investigación, y será patrimonio de la Fundación, al menos durante 5 años, teniendo la ubicación física en el Hospital, hasta que se determine su enajenación/ cesión al Centro correspondiente,
2.4.- El incumplimiento de alguna de las bases de la convocatoria así como la ocultación de datos, su alteración o cualquier manipulación de la información solicitada, será causa de desestimación de la solicitud.
Tercera: Formalización de las solicitudes
3.1.- Los impresos y modelos normalizados que se exigen en la presente convocatoria
serán proporcionados a los interesados en la sede de la Fundación Canaria de
Investigación y Salud (FUNCIS), sita en General Martínez Anido, núm.
7– 2ª planta,
35003- Las Palmas de Gran Canaria o C/ Suarez Guerra, núm. 50 – esquina Valentín
Sanz- 38002- Santa Cruz de Tenerife. Así mismo, estarán accesibles a través
de Internet en la página Web de la Fundación ( www.funcis.org )
3.2.- Las solicitudes deberán ser dirigidas, conforme a los modelos normalizados
facilitados, a la sede de la Fundación Canaria de Investigación y Salud (FUNCIS),
sita en General Martínez Anido, núm. 7– 2ª planta, 35003- Las Palmas
de Gran Canaria o C/ Suarez Guerra, núm. 50 – esquina Valentín Sanz- 38002-
Santa Cruz de Tenerife, siendo desestimadas aquellas solicitudes que no tengan
entrada
en el plazo
fijado.
3.3.- Las solicitudes se deberán hacer llegar en dos ejemplares completos, conteniendo cada uno de ellos la siguiente documentación:
- SOLICITUD: Escrito de remisión en el que se indicarán los documentos que se adjuntan, firmados por el Jefe de la Unidad de Investigación y el Gerente o Director del Centro, dirigido a la Excma. Sra. Presidenta del Patronato de la Fundación Canaria de Investigación y Salud.
- Documento 1: Solicitud de ayuda, con el compromiso de la autoridad que representa al Centro, de la adecuada gestión y justificación de la necesidad del material con destino al apoyo de la investigación del área de salud correspondiente.
- Documento 2: Detalle del presupuesto solicitado que incluya el material solicitado con la descripción correcta del mismo, indicando prioridades y si ya existen equipos similares en la Unidad o son de nueva adquisición.
Es imprescindible la adecuada presupuestación para evitar desviaciones entre lo solicitado y lo finalmente concedido para material inventariable.
3.4.- El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 31 de octubre de 2004.
Cuarta.- Evaluación
4.1.- Las solicitudes serán evaluadas por el Patronato de la Fundación, que utilizará los siguientes criterios y elaborará la correspondiente resolución de concesión:
a) Adecuación de los recursos financieros solicitados a los objetivos que se proponen.
b) Adecuación de la inversión en inventariable solicitada con la utilización directa en actividades de investigación.
4.2.- La evaluación será realizada antes de que se cumplan 30 días desde la finalización del periodo de recepción de las solicitudes.
4.3.- La propuesta de concesión de estas ayudas se elevará, por el Gerente , para su financiación, al Patronato de FUNCIS.
4.4.- La resolución de concesión de las ayudas será comunicada a los Directores Gerentes de los Hospitales. Asimismo, se hará público en la página Web de la Fundación Canaria de Investigación y Salud (FUNCIS), haciéndose constar la relación de solicitantes que hubieran sido objeto de adjudicación positiva.
4.5.- En el proceso de evaluación, si se estima conveniente, podrá sugerirse a los solicitantes, la introducción de rectificaciones tendentes a una mayor clarificación de su solicitud, así como a una mejor adaptación del equipamiento solicitado a los criterios de la política de investigación del Servicio Canario de Salud.
4.6.- El incumplimiento de alguna de las bases de la convocatoria, así como la ocultación de datos, su alteración o cualquier manipulación de la información solicitada será causa de denegación de la solicitud, sin perjuicio de otras responsabilidades a que pudiera haber lugar.
Quinta.- Naturaleza de las ayudas
5.1.- La adquisición de material inventariable será tramitada por la administración del Centro correspondiente de acuerdo con los procedimientos legales establecidos, para su abono por la Fundación , de forma que se garantice una gestión económica adecuada, y remitiendo una copia del pedido a la misma.
5.2.- Una vez recibido el material por el Centro, el Jefe de la Unidad de Investigación remitirá el “albarán de entrega” con el visto bueno, dando su conformidad, y el sello de la recepción por el Almacén General del Centro.
5.3.- Las cuantías aprobadas por el Patronato de la Fundación serán abonadas directamente a los proveedores del material inventariable adquirido, una vez recibido el albarán de entrega con el visto bueno y la factura justificativa de la inversión realizada, que habrá de coincidir con el pedido enviado por el centro y contener los datos identificativos de la Fundación como adquirente:
FUNDACION CANARIA DE INVESTIGACION Y SALUD
Paseo Tomás Morales, núm. 6–2º
35003- Las Palmas de Gran Canaria
C.I.F. G35496991
5.4.- La mencionada factura se remitirá con el “conforme y firma” del responsable del Hospital y será abonada por la Fundación con cargo a la financiación aprobada para material inventariable correspondiente a cada proyecto.
5.5.- El material inventariable adquirido con cargo a las ayudas concedidas se incorporará al inventario de FUNCIS, quedando identificado mediante etiqueta facilitada por la Fundación para tal fin, pudiendo ésta a través de la Comisión Asesora de Auditoría hacer los controles físicos que se estimen necesarios.
A tal efecto, el Centro se compromete a conservar el material inventariable en buen estado, permaneciendo como propiedad de FUNCIS, al menos 5 años, hasta que, en su caso, el Patronato determine la cesión o enajenación del mismo.
Sexta.- Aceptación y seguimiento
6.1.- La aceptación de la ayuda por parte de los Directores Gerentes de los Hospitales en los que se encuentren adscritas las Unidades de Investigación respectivas se remitirá a FUNCIS en un plazo de 15 días desde la recepción de la resolución de concesión, implicando igualmente la aceptación de cuantas normas puedan dictarse en relación con el seguimiento del material concedido.
6.2.- Para realizar el seguimiento se podrán utilizar, aislada o conjuntamente, los siguientes procedimientos por parte de FUNCIS:
a) Solicitar la elaboración de informes sobre el estado, utilización, empleo y efectividad del inventario concedido.
b) Control directo por los órganos competentes de la Fundación o de la Intervención General de la Comunidad Autónoma.
En aquellos casos en que se estime conveniente, se podrá recabar la presentación de información complementaria o delegar en una persona las acciones que correspondan a este seguimiento, así como realizar auditorías sobre el material inventariable asignado.
6.3.- De las decisiones que se puedan tomar como consecuencia de éste seguimiento se mantendrá debidamente informados a los representantes legales de las entidades responsables. En caso de demostrarse la inadecuación de la utilización del equipamiento con el objeto previsto en esta convocatoria o de concurrir alguna de las circunstancias señaladas en la base 4.6, FUNCIS podrá acordar la retirada del material asignado.
Séptima.- Financiación
7.1.- Las cantidades concedidas podrán cubrir total o parcialmente la ayuda que se solicita.
7.2.- Estas ayudas se financiarán con cargo a los créditos disponibles en la Fundación, con destino a la adquisición de material inventariable para apoyo a la investigación.
Octava.- Concesión de ayudas
8.1.- El Patronato de FUNCIS, una vez acordada la financiación de la solicitud, comunicará el dictamen y la cuantía de la financiación al Gerente o Director del Centro y al Jefe de la Unidad de Investigación.
8.2.- El abono de las ayudas está condicionado a la efectiva recepción de las correspondientes subvenciones a percibir por FUNCIS.
En Las Palmas de Gran Canaria a 05 de mayo 2004
La Presidenta del Patronato de FUNCIS
María del Mar Julios Reyes
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